A través de una resolución del COMFER, el Gobierno creó el Registro de Entidad interesadas en participar en la designación de los integrantes de Consejo Federal de Comunicación Audiovisual
En el Boletín Oficial del día 30 de octubre se creó, mediante Resolución 783/09, el Registro de Entidades Interesadas en participar de la designación de integrantes del Consejo Federal de Comunicación Audiovisual que comenzará a funcionar el próximo 10 de diciembre. La medida fue llevada a cabo en el marco de la aplicación de la recientemente sancionada Ley de Medios.
La resolución determina un plazo de tres días para las presentaciones y cinco para la conformación del Consejo Federal de Comunicación Audiovisual. Entre los artículos de la resolución se encuentran los siguientes:
El interventor en el Comité Federal de Radiodifusión resuelve:
Artículo 1º – Créase el Registro de Entidades Interesadas en participar en la designación de integrantes del Consejo Federal de Comunicación Audiovisual.
El Registro comprende las áreas de:
1. prestadores privados de servicios de comunicación audiovisual;
2. prestadores de servicios de comunicación audiovisual sin fines de lucro;
3. entidades sindicales de los trabajadores de los medios de comunicación;
4. los medios públicos de todos los ámbitos y jurisdicciones;
5. sociedades gestoras de derechos
Art. 9º – En un plazo de cinco (5) días desde la fecha de publicación de la presente se conformará el Consejo Federal de Comunicación Audiovisual.
Se establece además como estará conformado el Consejo:
- Conforme el articulo 16 de la Ley 26.522, el Consejo Federal de Comunicación Audiovisual está integrado por un (1) representante de cada una de las provincias y del gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, correspondiendo dicha representación con la máxima autoridad política provincial en la materia; tres (3) representantes por las entidades que agrupen a los prestadores privados de carácter comercial; tres (3) representantes por las entidades que agrupen a los prestadores sin fines de lucro; un (1) representante de las emisoras de las universidades nacionales; un (1) representante de las universidades nacionales que tengan facultades o carreras de comunicación; un (1) representante de los medios públicos de todos los ámbitos y jurisdicciones; tres (3) representantes de las entidades sindicales de los trabajadores de los medios de comunicación; un (1) representante de las sociedades gestoras de derechos y un (1) representante por los Pueblos Originarios reconocidos ante el Instituto Nacional de Asuntos Indígenas (INAI).
Fuente: COMFER